Ley 39/2006, más conocida popularmente como Ley de la Dependencia, garantiza una serie de ayudas a todas aquellas personas que, por su condición física y/o psíquica, requieren cuidados especiales por parte de familiares o personal profesional. Pero ¿sabes cuáles son los requisitos para acceder a ella? Aquí vamos a explicártelo todo al respecto.
¿Qué es la Ley de la Dependencia?
Se trata de un texto legal vigente en España desde el año 2006 cuyo objetivo es garantizar los derechos a un cuidado digno a todas aquellas personas que, por razón de enfermedad física o mental, discapacidad o edad, necesitan el cuidado de otras personas, es decir, son dependientes.
La Ley de la Dependencia prevé ayudas económicas y servicios de asistencia a todas aquellas personas que no pueden valerse por sí mismas, ya sea de forma total o parcial. Esos recursos son gestionados por el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
¿Quiénes pueden acceder a los beneficios establecidos por la Ley de la Dependencia?
Cualquier persona que se encuentre en situación de dependencia y necesite ayuda para realizar las tareas básicas de su vida diaria. Sin embargo, la Ley de la Dependencia especifica una serie de grados que determinan el grado de necesidad y, por tanto, la cuantía de las ayudas que se pueden percibir. Son estos:
- Grado 1. Abarca a todas aquellas personas que necesitan un nivel de ayuda moderado y de forma temporal. El objetivo es que tengan acceso a un servicio que les permita recuperar su plena autonomía. También hace referencia a sujetos en situación de dependencia permanente pero que pueden realizar la mayor parte de sus actividades diarias.
- Grado 2. Aquí ya hablamos de dependientes severos. Sin embargo, se hace referencia a personas que necesitan ayuda diaria, pero solo para algunas tareas de su vida cotidiana. Además, en este grado se prevén una serie de servicios de asistencia y atención, así como una prestación económica si la situación lo hace necesario. Pero no es permanente en ningún caso.
- Grado 3. Este aparatado hace referencia a las personas bajo situación de Gran Dependencia, es decir, que necesitan ayuda de forma continuada en su vida diaria. Son aquellas que tienen preferencia a la hora de recibir las ayudas previstas en la ley. Hablamos, por ejemplo, de la teleasistencia, de la ayuda domiciliaria o del acceso a los centros de día. También contempla el pago de retribuciones a un cuidador tras darse de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Para determinar que el sujeto requiere de este tipo de servicios debe ser examinado por el Programa Individual de Atención de la comunidad autónoma en la que resida.
¿Qué servicios contempla la Ley de la Dependencia?
El SAAD contempla una serie de servicios pensados para facilitar la vida de las personas dependientes. En concreto, más allá de las prestaciones económicas citadas anteriormente, prevé las siguientes ayudas:
- Teleasistencia. Se basa en la utilización de recursos tecnológicos informativos y comunicativos destinados a atender a las personas dependientes siempre que lo necesiten. Sobre todo, está enfocada a dar respuesta inmediata a situaciones de emergencia y a dar prioridad a que la persona afectada pueda residir en su domicilio el mayor tiempo posible.
- Ayuda domiciliaria. En este caso, hablamos de atención personal en el domicilio del dependiente. Aquellas personas que sean designadas para prestarla deben garantizar la satisfacción de las necesidades básicas de la persona de forma puntual o completa a lo largo del día.
- Centros de día y de noche. Es un mecanismo de apoyo que busca dar atención al dependiente durante aquellas horas del día en las que no podría recibir la atención que necesita. Además, en este tipo de centros se presta atención médico sanitaria y servicios de rehabilitación.
- Atención residencial. Solo para cuando el dependiente no puede vivir en su propio domicilio debido a su elevado grado de discapacidad.
¿Cuál es la cuantía de la prestación económica de la Ley de la Dependencia?
Depende, en muchos casos, de las comunidades autónomas. Sin embargo, las cantidades son bastante parecidas en todas ellas. Por ello, vamos a tomar como ejemplo el caso de Andalucía, que ha sido la última en publicar las tablas de prestaciones económicas para la Ley de la Dependencia.
En concreto, la Junta de Andalucía hace dos distinciones. La primera de ellas es para todas aquellas personas que solicitaron el reconocimiento de la situación de después del 1 de agosto de 2012. Ellos cobrarán:
- Grado I. 153 €/mes.
- Grado II. 268,79 €/mes.
- Grado III. 387,64 €/mes.
Por su parte, si la dependencia fue reconocida anteriormente al 1 de agosto de 2012, entonces hay un mayor número de distinciones. Son estas:
- Grado I. 153 €/mes.
- Grado II Nivel I. 255,77 €/mes.
- Grado II Nivel II. 286,66 €/mes.
- Grado III Nivel I. 354,43 €/mes.
- Grado III Nivel II. 442,59 €/mes.
Cabe recordar, además, que estas cuantías suelen actualizarse anualmente, ya sea por la aprobación de unos nuevos Presupuestos Generales del Estado o por iniciativa de las comunidades autónomas. Por ejemplo, en el año 2019, el Gobierno de España aprobó una subida del 0,9 % de estas prestaciones, que llevaban congeladas bastante tiempo.